Medidas temporales de liberalización del comercio aplicables a los productos de la República de Moldavia

Fecha publicación: 24 junio, 2024
Autor: Carlos Arola - CEO

El pasado 29 de mayo fue publicado en el DOUE el Reglamento (UE)12024/150 estableciendo las siguientes medidas temporales de liberalización del comercio a los productos de la República de Moldavia:

  1. Suspensión del sistema de los precios de entrada. No se aplicarán derechos de aduana a las importaciones de los productos afectados por dicho sistema.
  2. Suspensión de todos los contingentes arancelarios. No se aplicarán derechos de aduana a las importaciones de los productos sujetos a dichos contingentes.

Para acogerse a las citadas medidas es necesario aportar en el momento del despacho a libre práctica en la UE el certificado de circulación EUR 1 o la declaración de origen emitida por un exportador autorizado de Moldavia.

También se contemplan medidas de salvaguardia cuando la importación de alguno de los productos mencionados afecte negativamente al mercado de la Unión o al mercado de uno o varios Estados miembros de productos similares o directamente competidores, incluida la reintroducción del contingente del producto o productos en cuestión.

El Reglamento entrará en vigor el 25 de julio de 2024 y será aplicable hasta el 24 de julio de 2025.

Nuestro departamento de aduanas queda a su disposición para cualquier información adicional que puedan precisar.

Carlos Arola - CEO

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Grupo Arola

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