La Unión Europea ha aprobado un nuevo Código Aduanero de la Unión, que sustituirá al marco establecido por el Reglamento (UE) n.º 952/2013 y supondrá una transformación progresiva de la gestión aduanera en los próximos años.
El Reglamento (UE) 2026/2108 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de septiembre de 2026, establece el nuevo Código Aduanero de la Unión, crea la Autoridad Aduanera de la Unión Europea y regula el marco para la puesta en marcha del Centro de Datos Aduaneros de la UE. El texto fue publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea el 19 de septiembre de 2026.
La reforma introduce importantes cambios para importadores, exportadores, representantes aduaneros y operadores de comercio electrónico, con un modelo que estará cada vez más basado en la gestión centralizada y el tratamiento automatizado de datos.
¿Qué establece el nuevo Código Aduanero de la Unión?
El Reglamento (UE) 2026/2108 regula las disposiciones y procedimientos generales aplicables a las mercancías que entren o salgan del territorio aduanero de la Unión.
Entre sus objetivos se encuentra modernizar y armonizar los procedimientos aduaneros, mejorar la gestión de riesgos y adaptar el sistema a la evolución del comercio internacional, el comercio electrónico y las nuevas tecnologías. El propio Reglamento destaca la necesidad de contar con servicios electrónicos interoperables y con una infraestructura común para recopilar, tratar e intercambiar información aduanera.
Uno de los ejes esenciales de esta transformación será el Centro de Datos Aduaneros de la Unión Europea, que modificará progresivamente la forma en que los operadores facilitan la información necesaria para realizar sus operaciones aduaneras.
Creación de la Autoridad Aduanera de la Unión Europea
El nuevo Código Aduanero de la Unión crea la Autoridad Aduanera de la Unión Europea como organismo destinado a reforzar la coordinación de la Unión Aduanera.
La nueva Autoridad desempeñará un papel central en determinados ámbitos de gobernanza y contribuirá a una aplicación más coordinada de las normas aduaneras entre los Estados miembros.
Esta estructura se complementará con el Centro de Datos Aduaneros de la UE, configurando un modelo en el que la información y el análisis de datos tendrán un peso mucho mayor en la gestión y supervisión de las operaciones.
El Centro de Datos Aduaneros de la UE cambia el modelo de gestión
La creación del Centro de Datos Aduaneros de la UE constituye uno de los cambios estructurales más relevantes de la reforma.
El nuevo sistema está concebido como una infraestructura central para suministrar, procesar e intercambiar información aduanera. El objetivo es evolucionar desde un modelo basado principalmente en declaraciones y sistemas nacionales hacia otro sustentado en el suministro continuo y reutilización de datos.
El Reglamento establece una implantación escalonada. Para determinados operadores vinculados a las ventas a distancia, algunas funcionalidades deberán estar disponibles en 2028. Posteriormente, desde el 1 de marzo de 2031, importadores, exportadores y titulares del régimen de tránsito podrán utilizar el Centro de Datos para facilitar la información correspondiente a sus operaciones. A partir del 1 de marzo de 2034, este suministro de información a través del Centro pasará a formar parte del modelo general previsto por el Reglamento.
El nuevo estatuto Trust and Check y la continuidad del OEA
El nuevo marco mantiene la figura del Operador Económico Autorizado (OEA) y añade un nuevo estatuto de operador de confianza denominado Trust and Check.
La reforma profundiza así en un modelo de relación entre las autoridades aduaneras y los operadores económicos basado en el grado de confianza, cumplimiento normativo, transparencia y disponibilidad de información.
La evolución de estas figuras será especialmente relevante para aquellas empresas con un volumen significativo de operaciones de comercio internacional, ya que el nuevo modelo aduanero incrementa la importancia de la calidad de los datos, la trazabilidad y el cumplimiento de las obligaciones aduaneras.
Nuevas reglas aduaneras para comercio electrónico y ventas a distancia
El comercio electrónico es otro de los ámbitos prioritarios del nuevo Código Aduanero de la Unión.
El Reglamento incorpora disposiciones específicas para las ventas a distancia y responde al fuerte crecimiento de los envíos procedentes de terceros países. La propia norma identifica el aumento de las operaciones de comercio electrónico como uno de los factores que han puesto de manifiesto las limitaciones del sistema aduanero anterior.
A partir del 1 de julio de 2028, determinados importadores de ventas a distancia y operadores acogidos al régimen IOSS deberán emplear el Centro de Datos Aduaneros de la UE para facilitar o poner a disposición la información correspondiente en los supuestos contemplados por el Reglamento.
Obligaciones para importadores, exportadores y representantes aduaneros
El Reglamento desarrolla también las obligaciones aplicables a los principales sujetos que intervienen en las operaciones aduaneras.
Importadores, exportadores y representantes aduaneros deberán prestar especial atención a un entorno en el que la correcta identificación de responsabilidades y el suministro de datos fiables adquirirán una importancia creciente.
El proceso de adaptación no se limita, por tanto, a un cambio tecnológico. Las empresas deberán revisar procedimientos internos, sistemas de información, calidad de los datos y mecanismos de cumplimiento aduanero para adecuarse progresivamente al nuevo modelo.
Gestión de riesgos y análisis automatizado de datos aduaneros
Otro de los pilares de la reforma es el desarrollo de un marco común de gestión y análisis de riesgos.
La nueva arquitectura permitirá utilizar la información disponible de forma más integrada y potenciar el análisis automatizado de riesgos. El Reglamento reconoce expresamente la creciente incidencia de tecnologías como la inteligencia artificial en las actividades de las autoridades aduaneras, incluido el análisis de riesgos en tiempo real.
Este enfoque pretende facilitar una supervisión más coordinada de los flujos comerciales y una mejor identificación de operaciones que puedan requerir controles adicionales.
¿Cuándo entra en vigor el nuevo Código Aduanero de la Unión?
El Reglamento (UE) 2026/2108 fue publicado en el DOUE el 19 de septiembre de 2026 y entró en vigor al día siguiente, el 20 de septiembre de 2026.
No obstante, entrada en vigor y aplicación no son equivalentes. Con carácter general, el artículo 287 establece que el Reglamento será aplicable a partir del 21 de septiembre de 2027, aunque determinadas disposiciones cuentan con fechas específicas.
Entre las principales fechas del calendario de implantación destacan:
- 20 de septiembre de 2026: entrada en vigor del Reglamento.
- 21 de septiembre de 2027: fecha general de aplicación del nuevo Código.
- 1 de julio de 2028: aplicación de diversas disposiciones relacionadas, entre otros ámbitos, con las ventas a distancia y determinadas funciones del nuevo marco aduanero.
- 1 de marzo de 2031: posibilidad de utilización del Centro de Datos Aduaneros de la UE para determinados importadores, exportadores y titulares del régimen de tránsito.
- 1 de marzo de 2034: generalización del suministro de información a través del Centro de Datos Aduaneros de la UE.
Cómo deben prepararse las empresas para el nuevo Código Aduanero de la Unión
Aunque buena parte del nuevo sistema se implantará de forma gradual, la amplitud de los cambios aconseja anticipar el proceso de adaptación.
Las empresas que realizan operaciones de comercio exterior deberán analizar especialmente el impacto del nuevo Código Aduanero de la Unión sobre sus procedimientos de importación y exportación, la gestión de datos, sus sistemas informáticos, la representación aduanera y los mecanismos internos de cumplimiento.
También será importante seguir el desarrollo de los actos delegados y de ejecución que completarán determinados aspectos del Reglamento durante los próximos años.


















