Vencimiento de la suspensión de las medidas comerciales impuestas por la Unión Europea a los EEUU

Fecha publicación: 10 marzo, 2026
Etiquetas: eeuu | eu | Medidas comerciales
Autor: Carlos Arola - CEO
El pasado 6 de agosto entró en vigor el Reglamento de Ejecución (UE) 2025/1727 de la Comisión de 5 de agosto de 2025 por el que se suspendían determinadas medidas de reequilibrio comercial relativas a determinados productos originarios de los EEUU y determinados productos exportados de la Unión a los Estados Unidos de América impuestas por el Reglamento de Ejecución (UE) 2025/1564.
De acuerdo con el citado Reglamento, la aplicación de las medidas comerciales impuestas por la Unión a los Estados Unidos de América contempladas en los artículos 1, 2 y 3 del Reglamento de Ejecución (UE) 2025/1564, y que entraban en vigor a partir el 7 de agosto de 2025, quedó suspendida hasta el 6 de febrero de 2026. Dichas medidas consistían en la aplicación de derechos de aduana adicionales a las importaciones en la Unión de productos especificados originarios de los Estados Unidos, y restricciones a la exportación a los Estados Unidos de determinados productos originarios de la Unión.
Esta suspensión debe ser revisada por la Comisión en función de cómo están evolucionado las relaciones comerciales con los Estados Unidos, pudiéndose ampliar la citada suspensión, aplicar las medidas del Reglamento 2025/1564, o bien aplicar unas nuevas medidas.
Nuestro departamento de aduanas queda a su disposición para cualquier información adicional.
Carlos Arola - CEO

Grupo Arola

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