Prueba de origen a emitir por los exportadores de Mercosur para la solicitud del trato preferencial en la UE

Fecha publicación: 9 mayo, 2026
Autor: Carlos Arola - CEO

En el marco del Acuerdo UE – Mercosur, la prueba de origen para que los importadores comunitarios puedan solicitar el trato preferencial para los productos originarios de Mercosur se basará en:

  • Una comunicación sobre el origen emitida por el exportador de Mercosur conforme al modelo establecido en el anexo 3-C del Acuerdo, o bien
  • Un certificado de origen emitido de conformidad con el anexo 3-D del Acuerdo. La emisión de dicho certificado está prevista durante un periodo transitorio de tres años, prorrogables por dos años más.

Los cuatro países de Mercosur han confirmado que, a partir de la fecha de aplicación del Acuerdo, emitirán certificados de origen. Argentina, Brasil y Uruguay emitirán además comunicaciones sobre el origen, mientras que Paraguay prevé hacerlo a partir de 2027.

Al cumplimentar la comunicación sobre el origen, los países deberán indicar siempre, independientemente del valor del envío, su número de registro nacional de exportador, de la siguiente manera:

  • Argentina: Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) (11 dígitos).
  • Brasil: Registro Nacional de Personas Jurídicas (14 dígitos).
  • Uruguay: Registro Único Tributario (RUT) (12 dígitos).

Además, todas las comunicaciones sobre el origen emitidas por los exportadores de estos tres países deberán incluir su nombre y su firma manuscrita, electrónica o digital.

En el caso de acogerse a un contingente arancelario, la prueba de origen consistirá en el CERTIFICADO DE AUTORIZACIÓN DE CUPOS MERCOSUR, de conformidad con el artículo 3.30 del Acuerdo.

Nuestro departamento de aduanas queda a su disposición para cualquier información adicional. También puede enviar su solicitud a mercosur@arola.com.

Carlos Arola - CEO

Grupo Arola

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