Con fecha 23 de diciembre de 2025 se ha publicado en el DOUE el Reglamento Delegado (UE) 2025/2652 de la Comisión de 16 de octubre de 2025 por el que se modifica el Reglamento Delegado (UE) 2023/2429 en lo que respecta al etiquetado de origen de las frutas y hortalizas originarias del territorio no autónomo del Sáhara Occidental.
De conformidad con el citado Reglamento, para los siguientes productos originarios del territorio no autónomo del Sáhara Occidental que estén sometidas al control de las autoridades aduaneras marroquíes y se importen y comercialicen en la Unión, la indicación del país de origen se sustituirá por la indicación de la región de origen del producto, tal como se indica en el certificado de origen que acompaña a dichos productos en el momento de la importación en la Unión:
- el sector de las frutas y hortalizas contemplado en el artículo 1, apartado 2, letra i), del Reglamento (UE) n.o 1308/2013;
- las frutas secas de los códigos NC 0804 20 90, 0806 20 y ex 0813 que figuran en la parte X del anexo I de dicho Reglamento;
- los plátanos del código NC 0803 90 10 que figuran en la parte XI del anexo I de dicho Reglamento

















