- Una comunicación sobre el origen emitida por el exportador de Mercosur conforme al modelo establecido en el anexo 3-C del Acuerdo, o bien
- Un certificado de origen emitido de conformidad con el anexo 3-D del Acuerdo. La emisión de dicho certificado está prevista durante un periodo transitorio de tres años, prorrogables por dos años más.
Los 4 países de Mercosur han confirmado que, a partir de la fecha de aplicación del Acuerdo, emitirán certificados de origen, mientras que Argentina, Brasil y Uruguay emitirán, además, las comunicaciones sobre el origen. Por su parte, está previsto que Paraguay emita la comunicación sobre el origen a partir del año 2027.
- Argentina: Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) (11 dígitos).
- Brasil: Registro Nacional de Personas Jurídicas (14 dígitos).
- Uruguay: Registro Único Tributario (RUT) (12 dígitos).
Además, todas las comunicaciones sobre el origen emitidas por los exportadores de estos tres países de Mercosur deberán incluir su nombre y su firma manuscrita, electrónica o digital.


















