Cambios en el Sistema Armonizado

Fecha publicación: 27 enero, 2017
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Autor: Arola

La Organización Mundial de Aduanas ha aprobado importantes cambios en el Sistema Armonizado (SA) de designación y codificación de mercancías que son de aplicación desde el 1 de enero de 2017. Estas modificaciones las recoge, para la U.E, el Reglamento (UE) 1821/2016 – relativo a la nomenclatura arancelaria – cuya aplicación es también en este mes de enero. Los cambios, que afectan a un total de 242 partidas, se producen tanto por motivos ambientales como sociales, como comerciales o tecnológicos.

El Sistema Armonizado permite obtener estadísticas comerciales y la monitorización de especies protegidas que se encuentran bajo control. En este sentido la mayoría de los cambios realizados (85 partidas) corresponden a productos de la pesca con el fin de garantizar los recursos ambientales. También se ha realizado una división más detallada por formas de producto que permiten una mejora en la correspondencia del SA y la CPC (Clasificación Central de Productos) así como la extensión de la cobertura de los códigos actuales para poder agrupar las especies de jibias y calamares, que hasta este momento se venían clasificando en partidas residuales.

En cuanto a los productos forestales, los cambios realizados tienen por objeto controlar las especies en peligro de extinción y mejorar la cobertura de las diferentes especies de madera. En concreto, la separación de las maderas tropicales permite obtener más datos sobre el comercio de las mismas y detallar los datos obtenidos de maderas duras no tropicales. También tiene reflejo lo solicitado por la Red Internacional de Bambú y Ratán con la creación nuevas subpartidas que tiene un mayor control de ambos productos por medio de la normativa FLEGT (Forest Law Enforcement, Governance and Trade).

Otra de las enmiendas realizadas proporcionan una información más detallada del comercio de productos antipalúdicos dado el riesgo potencial de prácticamente la mitad de la población mundial de padecer malaria.

En relación a los productos químicos se han introducido nuevas subpartidas para el control de productos químicos peligrosos, contaminantes orgánicos, preparaciones farmacéuticas que contengan efedrina, pseudoefredina y norefedrina y alfa-fenilacetoacetonitrilo (APAAN) como precursor de drogas. Ello viene motivado por los acuerdos de la Convención de Armas Químicas, el Convenio de Rotterdam sobre productos químicos, el Convenio de Estocolmo que regula los contaminantes y la Junta Internacional de Fiscalización de Estupefacientes.

Otras modificaciones que caben destacar están producidas por cambios en el comercio internacional y los avances tecnológicos. En el primer caso, por ejemplo, las partidas 69.07 y 69.08 de productos cerámicos sin esmaltar y esmaltados, respectivamente, quedan agrupados en una sola partida puesto que dichos productos han dejado de fabricarse por separado. En relación a los avances tecnológicos se han introducido cambios para las lámparas LED, los circuitos integrados multicomponentes y vehículos eléctricos, entre otros.

Todas las modificaciones afectan únicamente a la codificación arancelaria de las mercancías y no a los tipos arancelarios que liquidan y que se mantienen sin cambios.

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