Derecho antidumping definitivo sobre las importaciones de carbonato de bario originario de China y de India

Fecha publicación: 24 febrero, 2026
Etiquetas: antidumping
Autor: Carlos Arola - CEO
Se ha publicado en el DOUE el Reglamento de Ejecución (UE) 2026/71 de la Comisión de 12 de enero de 2026 por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de carbonato de bario originario de la República Popular China y la India. El citado Reglamento entrará en vigor el 14 de enero de 2026.
El producto afectado es el carbonato de bario, con un contenido de estroncio de más del 0,07 % en peso y un contenido de azufre de más del 0,0015 % en peso, en polvo, en forma granular comprimida o en forma granular calcinada, incluido actualmente en el código NC ex 2836 60 00 (código TARIC 2836 60 00 10), y originario de la República Popular China y de la India.
El derecho antidumping general para el producto originario de China es del 83,9% y del 4,6% para el de India, si bien el Reglamento también establece derechos antidumping específicos para determinadas empresas. Para acogerse a dichos derechos específicos es necesario presentar en el momento del despacho a libre práctica una factura comercial válida en la que figure una declaración fechada y firmada por un responsable de la entidad que expida dicha factura, identificado por su nombre y cargo, con el texto siguiente: «El abajo firmante certifica que (el volumen en la unidad utilizada) de (producto afectado) vendido para su exportación a la Unión Europea consignado en la presente factura ha sido fabricado por (nombre y dirección de la empresa) (código TARIC adicional) en el país afectado. Declara, asimismo, que la información que figura en la presente factura es completa y correcta».
Los importes garantizados por el derecho antidumping provisional en virtud del Reglamento de Ejecución (UE) 2025/1724, por el que se establece un derecho antidumping provisional sobre las importaciones de carbonato de bario originario de la República Popular China y de la India, se percibirán de manera definitiva, liberándose los importes garantizados superiores a los tipos definitivos del derecho antidumping.
Nuestro departamento de aduanas queda a su disposición para cualquier información adicional que puedan precisar.
Carlos Arola - CEO

Grupo Arola

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