Mercancías peligrosas en la exportación
Antes de hacer referencia al transporte y su documentación, es importante resaltar que no todos los productos químicos están considerados peligrosos para el transporte. De forma genérica, definimos que las Mercancías Peligrosas son artículos o sustancias que, cuando se transportan, pueden constituir un riesgo importante para la salud, la propiedad, la seguridad o el medio ambiente. Esta apreciación nos lleva a entender la importancia de los procesos previos al transporte, en los que se pueden distinguir 3 fases:
Identificar y Clasificar
Es imprescindible que el expedidor realice una clasificación correcta, de acuerdo a la normativa y nomenclatura estándar en función del modo de transporte. Para ello, deberá identificar, de cada mercancía peligrosa, su Número ONU (ONU individual, específico para materias sin epígrafe o con epígrafe n.e.p que abarque grupos de materias con varias propiedades), designación oficial y grupo de embalaje (I,II o III).
Embalar
Todo embalaje destinado a contener mercancía peligrosa debe cumplir con las disposiciones que contemplan los diferentes códigos internacionales. Además de estar sometido a un conjunto de pruebas y ensayos que certifiquen su homologación. El embalaje, más allá de la necesidad de cumplimiento de la normativa de mercancías peligrosas, toma una relevancia crítica en lo que se refiere al transporte internacional.
Marcar y Etiquetar
El correcto marcado y etiquetado de bultos, sobre embalajes y embalajes debe ser realizado acorde a las regulaciones, normativa y códigos internacionales de transporte de mercancías peligrosas; respetando y adaptándose siempre a cada modo de transporte. Generalmente podemos reseñar: Marcas, Etiquetas de Riesgo, Etiquetas de Manipulación. Deben seguir la forma, color, formato, símbolo y texto establecido en la normativa correspondiente.
Toda la información recabada en los pasos anteriores será relevante, para cumplimentar correctamente los documentos de transporte. Con lo que, una vez mencionados, podemos abordar la parte que nos ocupa, la documentación específica para el transporte internacional.
Podemos clasificar 3 modos de transporte:
Transporte Terrestre
Todo lo relativo a la documentación para el transporte terrestre de mercancías peligrosas está regulado principalmente por 2 acuerdos:
- ADR. Acuerdo Internacional para el Transporte de Mercancías Peligrosas por Carretera.
- RID. Reglamento Internacional para el Transporte de Mercancías Peligrosas por Ferrocarril.
El documento principal de transporte terrestre nacional es la carta de porte. Esta carta- papel que debe acompañar a la mercancía durante su transporte y , de forma genérica, recoge todos los detalles necesarios que determina “qué y cómo debe transportarse”. De forma más específica, y a pesar de que no hay un modelo oficial único reconocido, la descripción de la peligrosidad del producto deberá seguir obligatoriamente el orden establecido en el código correspondiente sin olvidar el código de túnel. El documento obligatoriamente deberá proporcionar: Número UN precedido de las letras UN, designación oficial de transporte, grupo de embalaje GE (si procede) y el resto de información general relacionada con ese transporte.
Para un transporte internacional, la carta de porte debe estar redactada en castellano y una de las 3 lenguas oficiales reconocidas por el ADR (inglés, francés o alemán)
Transporte Marítimo
En lo concerniente al transporte marítimo, el código principal que proporciona las disposiciones para el transporte de mercancías peligrosas es el IMDG, (International Maritime Dangerous Goods)
El documento principal para cualquier transporte marítimo es el Bill of Lading, que en este caso también deberá indicar cierta información relativa al tipo de mercancía peligrosa que se transporta. Pero no sólo se debe tener en cuenta el tramo marítimo, pues tratándose de productos químicos peligrosos, toma mucha relevancia el trayecto desde la instalación del cargador hasta la instalación portuaria, que deberá estar sujeto al cumplimento de lo dispuesto en lo mencionado anteriormente sobre el transporte terrestre. Si bien, matizando que al tratarse de un transporte marítimo, el etiquetado del contenedor conforme a IMDG será correcto.
El transporte deberá ser acompañado también por la declaración de mercancías peligrosa, en este caso IMDG DGD (IMDG dangerous goods declaration). Es el documento técnico que proporciona todos los detalles obligatorios según normativa del producto químico peligroso. (número UN, denominación del producto, grupo de embalaje, cantidad, tipo e instrucciones de embalaje entre otros.)
Por último, es muy importante la adecuada estiba de la mercancía en el interior del contenedor. Se convierte en una exigencia para el transporte y debe quedar reflejado mediante el documento denominado Certificado de Arrumazón. Dicho certificado no es obligatorio para el caso de cisternas portátiles, los contenedores cisterna ni los CGEM (Contenedor de gas con elementos múltiples).
Transporte Aéreo
El transporte aéreo, especialmente tras los atentados del 11 de septiembre de 2001, ha promovido gran cantidad de cambios regulatorios, restricciones y normativas en materia de seguridad, convirtiéndose en el modo de transporte más exigente en cuanto a las disposiciones que limitan productos químicos peligrosos permitidos, cantidades, tipología de envases, etc.
Normativa regulada por los máximos organismos del transporte aéreo, IATA / OACI.
Relativo a la documentación, el documento principal del trasporte el AWB (Air Way Bill) deberá hacer referencia a que se está transportando mercancía peligrosa, además de vincularlo a la declaración del expedidor, con la frase en la descripción de la mercancía: “Dangeurous Goods as per attached shipper’s declaration”.
Dicha declaración, también conocida como IATA DGD (IATA dangerous goods declaration),y que como mencionado anteriormente proporciona todos los detalles técnicos obligatorios según normativa .
La mercancía no será aceptada en terminal ni autorizada a volar sin la DGD, y siempre previo a una revisión técnica del documento (checking) por parte del personal de la terminal aérea.
Teniendo en cuenta la responsabilidad y obligaciones que asume el exportador durante todo este proceso que culmina con el transporte internacional, se constata la importancia de que las empresas
- Tengan el máximo conocimiento técnico para controlar de primera mano todos los pasos
- Asimismo es muy recomendable que cuenten con un acompañamiento y asesoramiento de su proveedor de transporte en todo momento.