Derecho antidumping provisional a las telas sin tejer de PET originarias de China

Fecha publicación: 1 junio, 2026
Etiquetas: antidumping | china | PET | Telas
Autor: Carlos Arola - CEO

La Comisión Europea ha publicado el Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1063, de 12 de mayo de 2026, por el que se establece un derecho antidumping provisional sobre las importaciones de telas sin tejer hiladas de PET originarias de China.

Esta medida afecta a operadores que importen en la Unión Europea determinados productos textiles industriales fabricados con filamentos de poliéster, especialmente cuando estén destinados a sectores que utilizan materiales técnicos no tejidos.

Productos afectados por el derecho antidumping telas sin tejer PET China

El producto afectado por el nuevo derecho antidumping son determinadas hojas no tejidas de filamentos de poliéster, perforadas con aguja, reforzadas o no con fibra de vidrio.

Para quedar incluidas en el ámbito de aplicación de la medida, estas telas sin tejer de PET deben reunir las siguientes características:

  • Peso superior a 70 g/m².
  • Espesor superior a 0,5 mm e inferior o igual a 1,8 mm.
  • Impregnación con uno o varios aglutinantes.
  • Contenido de fibra de vidrio inferior al 30 % en peso.
  • Producto no recubierto ni revestido.
  • Origen en la República Popular China.

La correcta clasificación arancelaria y la identificación del origen resultan esenciales para determinar la aplicación del derecho antidumping provisional.

Códigos NC y TARIC de las telas sin tejer de PET sujetas a la medida

El Reglamento identifica los productos afectados dentro de los siguientes códigos de la nomenclatura combinada:

Códigos NC:

  • ex 5603 13 90
  • 5603 14 20
  • ex 5603 14 80

Códigos TARIC:

  • 5603 13 90 70
  • 5603 14 80 70

Los importadores deberán revisar con especial atención la clasificación de sus mercancías, ya que la inclusión en estos códigos puede implicar la aplicación del derecho antidumping provisional en el momento del despacho a libre práctica.

tipos de antidumping aplicables

Aplicación de los derechos antidumping provisionales en la importación

Los tipos del derecho antidumping provisional se aplicarán sobre el precio neto franco en la frontera de la Unión, antes del pago de derechos.

El Reglamento prevé tipos individuales para determinadas empresas productoras chinas. No obstante, la aplicación de estos tipos específicos está condicionada al cumplimiento de requisitos documentales concretos.

Cuando no se presente la documentación exigida, será aplicable el derecho previsto para el resto de importaciones originarias de la República Popular China.

Factura comercial válida para aplicar tipos individuales

Para beneficiarse de los tipos individuales asignados a determinadas empresas, el importador deberá presentar ante las autoridades aduaneras de los Estados miembros una factura comercial válida.

Dicha factura deberá incluir una declaración fechada y firmada por un responsable de la entidad que la expida, identificado con nombre y cargo. Esta declaración debe certificar que el volumen del producto vendido para su exportación a la Unión Europea ha sido fabricado por la empresa indicada en China, incluyendo el código TARIC adicional correspondiente.

En ausencia de esta factura válida, no podrá aplicarse el tipo individual y se utilizará el derecho antidumping previsto para las demás importaciones chinas afectadas.

Garantía obligatoria para el despacho a libre práctica en la Unión Europea

El despacho a libre práctica en la Unión Europea de las telas sin tejer de PET afectadas queda condicionado a la constitución de una garantía.

Esta garantía deberá ser equivalente al importe del derecho antidumping provisional aplicable. Por tanto, los operadores deberán tener en cuenta este coste en sus operaciones de importación, planificación logística y cálculo de márgenes comerciales.

Impacto aduanero para importadores de telas sin tejer de PET de China

La entrada en vigor del derecho antidumping provisional puede tener un impacto relevante en las empresas que importen telas sin tejer de PET originarias de China.

Entre los principales aspectos a revisar destacan:

  • Clasificación arancelaria del producto.
  • Origen declarado de la mercancía.
  • Existencia de proveedor o productor incluido en los tipos individuales.
  • Disponibilidad de factura comercial válida.
  • Cálculo de la garantía en el despacho a libre práctica.
  • Revisión de costes de importación y condiciones contractuales.

Una gestión aduanera adecuada será clave para evitar incidencias en frontera, liquidaciones incorrectas o la aplicación de tipos más elevados por falta de documentación.

Asesoramiento aduanero sobre derechos antidumping en importaciones desde China

En Arola contamos con un equipo especializado en gestión aduanera, clasificación arancelaria, medidas de defensa comercial y operativa de importación.

Nuestro departamento de aduanas puede ayudarte a analizar si tus operaciones se ven afectadas por el nuevo derecho antidumping telas sin tejer PET China, revisar la documentación necesaria y valorar el impacto económico de la medida en tus despachos de importación.

Carlos Arola - CEO

Grupo Arola

Etiquetas: antidumping | china | PET | Telas

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