El pasado 11 de octubre fue publicado en el DOUE el Reglamento de
Ejecución (UE) 2024/2652 por el que se modifica el Reglamento (UE) 2020/761 en lo que respecta a la gestión de determinados contingentes arancelarios en el sector del arroz.
Los contingentes arancelarios de arroz con los números de orden 09.4112, 09.4117, 09.4118, 09.4119, 09.4130, 09.4154, 09.4166, y 09.4168 especificados en el Reglamento de Ejecución (UE) 2020/761 han sido objeto de una excesiva demanda durante varios períodos de asignación. A fin de garantizar la correcta gestión de dichos contingentes arancelarios, las cantidades máximas disponibles para su aplicación deben fijarse en forma de cantidad de referencia, tal como se establece en el artículo 9 del Reglamento Delegado (UE) 2020/760 de la Comisión.
Dado que la cantidad de referencia se calcula en función de las importaciones realizadas por cada operador en los dos períodos de doce meses anteriores a la presentación de la solicitud de certificado, se considera razonable aplicar la cantidad de referencia únicamente a partir del 23 de noviembre de 2026, que es el primer día en que los operadores podrán presentar las solicitudes, acompañadas de la prueba de su cantidad de referencia, para obtener los certificados válidos para el período contingentario que comienza el 1 de enero de 2027.
Por tanto, en el Anexo III del Reglamento (UE) 2020/761, los cuadros relativos a los contingentes arancelarios con los números de orden 09.4112, 09.4117, 09.4118, 09.4119, 09.4130, 09.4154, 09.4166 y 09.4168 se modifican como sigue: